Has decidido poner en marcha ese proyecto que llevas tiempo estudiando y madurando… ¡enhorabuena y bienvenid@ al mundo emprendedor! Te explicamos lo fundamental para que se produzca el nacimiento formal de tu startup.

La startup, en palabras de Eric Ries  – uno de los máximos exponentes en la materia -, se define como una institución humana cuyo objetivo es crear un nuevo producto o servicio bajo condiciones de incertidumbre extrema. Esa institución que sirve para dar estructura al emprendedor no es otra cosa que una empresa. Por tanto tu startup antes de nada, es empresa, y como tal viene sujeta a la regulación que afecta a cualquier proyecto empresarial. (Más info: «Startups – Los órganos de Dirección de una empresa«)

El objetivo de este artículo es resumir las cuestiones fundamentales que debemos plantearnos antes de poner nuestro proyecto a andar, y el procedimiento administrativo a seguir para constituir nuestra startup.

El nacimiento legal de una Startup

La primera decisión consiste en elegir la fórmula mercantil en la que queremos convertir a nuestra empresa. Las figuras más comunes son la sociedad limitada (S.L.) y la sociedad anónima (S.A.).

La gran mayoría de las startups eligen la sociedad limitada, por ser la figura mercantil más sencilla y que menor desembolso inicial requiere. Con un capital social de 3.000 euros podremos poner a andar nuestra startup.

Una #Startup es una institución humana cuyo objetivo es crear un nuevo #producto o #servicio bajo condiciones de incertidumbre extrema - Eric Ries Clic para tuitear

La constitución de toda compañía requiere algunos trámites administrativos que exponemos a continuación de forma resumida:

  • Elección del nombre de la compañía en el Registro Mercantil. No se trata de elegir la marca que utilizaremos para comercializar nuestro producto, ¡eso vendrá después! La denominación social no tiene porqué tener gancho comercial, ahora elegiremos el nombre de la empresa pero lo que conocerá el público serán las marcas que utilizamos para comercializar nuestro producto o servicio. Aún así cuidado con poner nombres poco serios, ten en cuenta que será el nombre que utilizarás para facturar a tus clientes.La administración cobra una tasa de unos 20 euros aproximadamente por la elección del nombre. Te recomendamos solicitar varios nombres a la vez, ya que previsiblemente varios de los nombres seleccionados no se encuentren disponibles. La inclusión de varios nombres en la solicitud no incrementa el coste del trámite y nos ahorrará un valioso tiempo en caso de que el nombre elegido se encuentre ocupado por una empresa que ya esté en funcionamiento. En una semana aproximadamente deberías tener respuesta del Registro Mercantil informándote de la disponibilidad de los nombres que solicitaste, para que elijas uno de todos ellos.
  • Redacción de los estatutos. Los estatutos sociales son las reglas de juego para los socios de una empresa, es importante el abogado o asesor legal de tu startup redacte unos estatutos que se adecúen a las necesidades de tu negocio.
  • Ingreso del capital inicial en una cuenta bancaria. Deberás abrir una cuenta bancaria para la sociedad de nueva creación. Tratándose de sociedades limitadas (S.L.) el capital mínimo a aportar será 3.000 euros, si vas a constituir una sociedad anónima (S.A.) tendrás que depositar 60.000 euros. Estas aportaciones no se hacen “a fondo perdido”, podrás retirar el dinero de la cuenta bancaria en cuanto la sociedad esté constituida y tu startup podrá utilizar ese capital para comenzar a funcionar.Pide al banco que te entregue un certificado de depósito, lo necesitarás para la firma de la escritura notarial.
  • Firma de la escritura de constitución de la sociedad. Dirígete a una notaría y explica que quieres formalizar la constitución de una sociedad. Deberás llevar la siguiente documentación:
    • Estatutos sociales.
    • Certificación negativa del nombre expedido por el Registro Mercantil.
    • Certificación del banco acreditando la aportación de capital.
    • DNI de los socios fundadores.
  • Obtención del CIF. Cuando la escritura de constitución obre en tu poder, necesitarás un número de identificación fiscal para comenzar a funcionar. Si él no podrás emitir facturas a clientes ni contabilizar las que te hagan tus proveedores.El procedimiento deberás hacerlo en el plazo de 30 desde la constitución de la sociedad, y consiste en rellenar el modelo 036 en Hacienda y llevar una copia de la escritura de constitución y una fotocopia del DNI del solicitante.Te darán un CIF provisional para que puedas comenzar a operar. Sin embargo para obtener el CIF definitivo deberás acudir nuevamente a Hacienda una vez hayas concluido el procedimiento de constitución.
  • Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. En el plazo de 30 días desde la constitución de la sociedad deberás liquidar este impuesto. Para ello tendrás que rellenar el modelo 600 en Hacienda. A día de hoy el pago de este impuesto está exento, por lo que su liquidación no implicará ningún coste. Deberás aportar igualmente la Primera copia y copia simple de la escritura de constitución y llevar fotocopia del CIF provisional.
  • Inscripción en el Registro Mercantil. Una vez hayas liquidado el impuesto, deberás llevar el justificante junto con el original de la escritura de constitución al Registro Mercantil Provincial del lugar donde tenga el domicilio la sociedad que acabamos de crear.La inscripción es el último paso legal, y debe realizarse en el plazo de 2 meses desde la fecha de constitución de la sociedad cuando se trata de S.L. o en el plazo de 30 días cuando es una S.A.
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¡Ya tienes tu startup lista para comenzar! ¿Te ha parecido un procedimiento excesivamente largo? Así es… por desgracia la burocracia en nuestro país no facilita este tipo de trámites, que resultan mucho más ágiles en otros países.

Conforme avances en tu proyecto empresarial descubrirás lo complicado que puede resultar lidiar con la administración, aún así no será nada que un emprendedor no pueda superar, así que… ¡Enhorabuena y mucho ánimo!