Dirigimos este artículo a empresarios, socios y emprendedores que hayan puesto en marcha una startup o empresa de cualquier naturaleza. Pretendo con esta información resolver las cuestiones básicas que nuestros clientes nos plantean con mayor asiduidad.

Muchas de estas cuestiones que resultan novedosas para los nuevos emprendedores, y que a menudo asustan a aquellos que se aventuran en la creación de una startup, serán el pan de cada día cuando la empresa comience a andar. Por ello es importante saber distinguir las funciones de cada órgano y sus competencias en la toma de decisiones.

Órganos que componen la Dirección de una Startups

Comenzamos por lo más básico, que comprende los órganos encargados de gestionar la empresa, tomar las decisiones fundamentales y establecer las normas que regulan las cuestiones internas que afectan a todos los socios. Estos órganos son la Junta General y el Consejo de Administración.

Estableciendo un símil de fácil comprensión, el Consejo de Administración es para una Startups o empresa lo que un gobierno para un país. Cada uno de sus miembros serán administradores o consejeros de la compañía y tendrán como cabeza visible al Consejero Delegado, conocido también como CEO por las siglas en inglés “Chief Executive Officer”.

Aunque pudiera resultar sorprendente, los consejeros no tienen por qué ser socios de la empresa necesariamente. Normalmente esto no ocurre en startups o empresas de nueva creación, pero sí en empresas de mayor envergadura.

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Si decíamos que el Consejo de Administración es el gobierno de una empresa, la Junta General sería lo más parecido al Parlamento. Es el órgano que representa a la todos los socios, donde se votan las decisiones esenciales de la empresa, las reglas del juego recogidas en los estatutos y donde se aprueban las cuentas generales o la gestión del Consejo de Administración.

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Detallamos a continuación las funciones esenciales de cada uno de estos órganos:

El consejo de Administración de una Startups

Composición

La administración de la empresa varía en función del número de administradores. Si solamente hay un administrador, éste se llamará administrador único de la sociedad.

Esta figura es habitual en la fase inicial de una empresa o startup cuando hay un único emprendedor. Cuando existe más de un emprendedor es habitual que todos ellos exijan un cargo de administrador.

El Consejo de Administración no se constituirá hasta que haya un mínimo de tres administradores, en caso contrario la administración quedará en manos del administrador único o de dos administradores.

La composición del Consejo puede variar, según el art. 242 LSC, y los estatutos sociales (reglas internas de la compañía) establecerán el número de administradores que componen el Consejo de Administración, pudiendo llegar hasta 12 en el caso de la sociedad limitada o superior en el caso de sociedades anónimas.

Los estatutos serán también los encargados de establecer el régimen de organización y funcionamiento del Consejo en la S.L., incluyendo el modo de deliberar y adoptar los acuerdos del Consejo. Según el art. 243 LCS deberá reunirse al menos una vez cada tres meses.

Es habitual que los inversores (business angels, venture capital, etc.) exijan un puesto en el Consejo de Administración.

Funciones del Consejo de Administración

Son varias las funciones del Consejo que engloban el gobierno de la sociedad, citamos a continuación las más relevantes:

  • Establecer políticas y estrategias generales de la empresa, ya sean de carácter comercial, de producción, de organización interna, recursos humanos etc.
  • Formular las cuentas anuales que posteriormente serán aprobadas en Junta General.
  • Nombrar o destituir a los Consejeros Delegados, y establecer su remuneración.
  • Convocar la Junta General y elaborar el orden del día.
  • Tomar decisiones afecten a las acciones o participaciones de la propia sociedad.
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Nombramiento del CEO

No será obligatorio que exista un Consejero Delegado, pero cuando un miembro del Consejo de Administración sea nombrado como tal o se le atribuyan funciones ejecutivas en virtud de otro título, será necesario que se celebre un contrato entre el nuevo CEO y la sociedad (art. 249.3 LCS).

Dicha decisión deberá haber sido acordada previamente por el Consejo por voto favorable de dos tercios de sus miembros.

La Junta General de una Startups

Órgano de representación

La Junta es el órgano de representación de la sociedad. Todos los socios tendrán derecho a acudir a la Junta y solicitar la información, documentación o aclaración necesaria para conocer la situación económica y patrimonial de la empresa, así como cualquier otra cuestión que vaya a ser objeto de debate y votación.

Es el llamado derecho de información que servirá para preservar el debido conocimiento por parte de los socios que permita emitir un voto informado.

Deberá reunirse al menos una vez al año para la aprobación de cuentas anuales.

La Junta podrá impartir instrucciones a los administradores / Consejo de Administración o someter a autorización la adopción de sus decisiones.

Las decisiones serán aprobadas por régimen de mayorías, exigiéndose el voto favorable de la cuota correspondiente, según determine la ley o los estatutos.

Funciones de la Junta General

Las funciones esenciales de la Junta General vienen recogidas en el art. 160 LSC, entre las que se encuentras las siguientes:

  • Aprobación de las cuentas anuales que han sido previamente elaboradas por los Administradores o Consejeros en el órgano de gobierno.
  • Aprobación de la gestión social efectuada por los Administradores o por el Consejo de Administración.
  • Nombramiento de administradores, liquidadores o auditores.
  • Modificación de los estatutos sociales.
  • Acordar ampliaciones o reducciones de capital.
  • Suprimir o limitar el derecho de suscripción preferente. Este derecho supone la prioridad de los socios actuales de adquirir las nuevas acciones emitidas en una ampliación de capital. Debe tenerse en cuenta que si los socios no adquieren parte de las nuevas acciones su porcentaje quedará reducido.
  • Acordar la transformación, fusión y escisión de la empresa, el traslado de domicilio al extranjero, o la cesión de activos o pasivos.
  • Acordar la disolución de la empresa.
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Impugnación de acuerdos

 Los socios pueden impugnar los acuerdos adoptados, siempre que reúnan los requisitos legales. Para más información puedes consultar nuestro artículo Impugnación de acuerdos sociales de la Junta General

Si tienes dudas te lo explicamos en el siguiente video.